La herencia en caso de Extranjero residente en España
España es uno de los países del mundo más elegidos por ciudadanos extranjeros para fijar de forma permanente su residencia. Si este es su caso, en el supuesto de recibir una herencia deberá tener en cuenta que se regirá conforme al Reglamento Europeo 650/2012, de sucesiones y de creación del certificado sucesorio europeo, aplicable para la herencias de personas fallecidas a partir del día 17 de agosto de 2015. En base a esta normativa, la ley aplicable a la sucesión será de la última residencia del causante o fallecido, salvo que en su testamento dispusiese que la ley aplicable fuera de la su nacionalidad. Con anterioridad a este reglamento la ley aplicable era la nacional del causante, lo que supuso un importante cambio normativo que como residente es necesario tener en cuenta ya que no sólo afecta a la cuestión fiscal, sino también a como podremos repartir nuestra herencia.
En cuanto a la fiscalidad, todos los bienes que integren el inventario de la herencia tributaran en España, es decir, tanto los bienes ubicados en el extranjero como los localizados en España deberán declararse y tributarán en el Impuesto de Sucesiones español, si bien, es posible beneficiarse de las bonificaciones establecidas en la legislación autonómica sobre esta materia.
Abades Abogados está especializado en toda clase de herencias internacionales, ofreciendo consejo legal y asesoramiento para la tramitación completa de la herencia, desde la formación de su inventario, valoración de inmuebles y de sociedades, hasta su reparto y liquidación de los tributos correspondientes.
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