La Custodia Compartida no siempre supone que no se fije una Pensión de Alimentos C asos en que procede establecer Pensión de Alimentos en supuestos de Custodia Compartida La Sala Primera del Tribunal Supremo ha sentenciado que el sistema de custodia compartida de los hijos no exime del pago de una pensión de alimentos si existe desproporción en los ingresos de los cónyuges y así lo ha fallado en el caso de una pareja divorciada de la provincia de Sevilla con dos niñas en común. Él pedía custodia compartida sin pasar manutención y ella, mantener la custodia y la pensión que se le habían asignado. Con la sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Francisco Javier Arroyo Fiestas, el Supremo estima parcialmente el recurso del padre y concede la custodia compartida que venía reclamando. Eso sí, establece que tenerla no le exime de pasar una pensión a su ex mujer para la manutención de sus dos niñas y que, además, no puede tener un límite temporal porque “las menores no pueden quedar
Consejo Legal y Asesoramiento en Familia, Herencias y Testamentos desde 1990